Blog · 2 noviembre 2026 · 5 min
Registro de la Propiedad: cuánto cuesta inscribir tu vivienda (tabla de 100.000 a 500.000 €)
Inscribir una compraventa en el Registro de la Propiedad cuesta, en la mayoría de viviendas, entre 150 y 320 € de arancel con IVA. Abajo tienes el cálculo por precio y por tipo de operación.
Cuánto cuesta inscribir una vivienda
El coste de inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad depende del valor que figura en la escritura. Lo fija el arancel de los registradores (Real Decreto 1427/1989), con tramos que van bajando el porcentaje a medida que sube el precio. Para la mayoría de compraventas, la inscripción se queda entre 150 y 320 € con IVA. La factura final puede sumar pequeños conceptos como notas, asientos o certificaciones.
Tabla: coste de inscripción según el precio de la vivienda
| Precio de la vivienda | Arancel | Con el descuento del 5 % | Total con IVA |
|---|---|---|---|
| 100.000 € | 133,60 € | 126,92 € | 153,57 € |
| 150.000 € | 171,10 € | 162,54 € | 196,68 € |
| 200.000 € | 186,21 € | 176,90 € | 214,05 € |
| 250.000 € | 201,21 € | 191,15 € | 231,29 € |
| 300.000 € | 216,21 € | 205,40 € | 248,54 € |
| 400.000 € | 246,21 € | 233,90 € | 283,02 € |
| 500.000 € | 276,21 € | 262,40 € | 317,51 € |
Cómo está calculada: arancel del Real Decreto 1427/1989 aplicado por tramos sobre el precio escriturado, descuento general del 5 % sobre los derechos registrales e IVA del 21 %. Son importes de la inscripción principal: la factura del registro puede añadir algunos euros por conceptos complementarios. Las cifras son orientativas y no sustituyen la minuta del registro.
La diferencia entre una vivienda de 100.000 € y otra de 500.000 € es de unos 160 €: el registro es uno de los gastos de la compra que menos varía con el precio. Para comparar, el ITP de esa misma vivienda puede costar miles de euros: lo tienes por comunidad en la calculadora de ITP.
Cuánto cuesta según la operación
| Operación | Sobre qué valor se calcula | Quién paga |
|---|---|---|
| Compraventa | Precio escriturado | El comprador |
| Herencia | Valor de la vivienda adjudicada a cada heredero | Los herederos |
| Donación | Valor declarado en la escritura | Quien la recibe |
| Divorcio o extinción de condominio | Valor de la parte que se adjudica | Quien se queda la vivienda |
| Constitución de la hipoteca | Responsabilidad hipotecaria | El banco |
| Cancelación de la hipoteca | Capital inscrito, con reducciones | Quien cancela |
En una herencia con varios herederos, el arancel se calcula sobre el valor que corresponde a cada uno, por lo que el total suele ser algo mayor que en una compraventa del mismo valor.
La hipoteca en el Registro: qué paga el banco y qué pagas tú
Desde la Ley 5/2019, la inscripción de la escritura de hipoteca la paga el banco. Tú pagas la inscripción de la compraventa (la de la tabla) y, si algún día cancelas la hipoteca, la inscripción de la cancelación. Tienes el reparto completo en gastos de la hipoteca: quién paga qué.
Otros trámites del Registro y su coste
- Nota simple: unos 9 € si la pides online en el Colegio de Registradores. Sirve para saber quién es el titular y qué cargas tiene una vivienda antes de comprarla.
- Certificación registral: algo más cara que la nota simple, con valor de documento público.
- Cancelación registral de la hipoteca: cuando terminas de pagar, la hipoteca sigue en el Registro hasta que la cancelas. Lo explicamos en levantamiento de hipoteca.
Para pedir cualquiera de estos documentos te servirán el CRU o el IDUFIR de la finca: te contamos qué son y cómo encontrarlos.
Cómo se calcula el arancel
Si quieres comprobar el cálculo de tu caso, estos son los tramos del arancel registral (número 2) sobre el valor de la finca:
| Tramo de valor | Derechos |
|---|---|
| Hasta 6.010,12 € | 24,04 € fijos |
| De 6.010,13 a 30.050,61 € | 1,75 ‰ |
| De 30.050,62 a 60.101,21 € | 1,25 ‰ |
| De 60.101,22 a 150.253,03 € | 0,75 ‰ |
| De 150.253,04 a 601.012,10 € | 0,30 ‰ |
| Más de 601.012,10 € | 0,20 ‰ |
Cada tramo se aplica solo a la parte del precio que cae dentro de él, y el total tiene un máximo de 2.181,67 €. Después se aplica el descuento del 5 % y el IVA.
¿Es obligatorio inscribir la vivienda?
Inscribir una compraventa no es obligatorio, pero en la práctica es imprescindible si compras con hipoteca: el banco solo concede el préstamo si puede inscribir la hipoteca, y para eso la vivienda tiene que constar a tu nombre. Sin inscribir, además, quedas expuesto a que el vendedor vuelva a vender o hipotecar la vivienda a un tercero de buena fe. Lo habitual es que la gestoría presente la escritura en el registro en los días siguientes a la firma.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el registro de una vivienda de 200.000 €?
Unos 214 € con IVA y el descuento del 5 %, según la tabla de arriba. La factura puede variar unos euros por conceptos complementarios.
¿Cuánto tarda la inscripción?
El registro tiene 15 días hábiles para inscribir desde que se presenta la escritura, siempre que los impuestos estén pagados y no haya defectos que subsanar.
¿El precio del registro es igual en toda España?
Sí. El arancel es estatal, así que no cambia de una comunidad a otra. Lo que sí cambia por comunidad es el ITP.
¿Hay que pagar el registro si la vivienda se hereda?
Sí, si quieres que conste a tu nombre, y es necesario para venderla o hipotecarla en el futuro.
¿Lo paga el comprador o el vendedor?
La inscripción de la compraventa la paga el comprador, salvo que se pacte otra cosa en el contrato.